JurídicoESEN
Order (Auto)October 26, 2022

A- de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alejandro Linares Cantillo

✓Claimant Serrano Pedraza Orlando·Respondent Fondo Financiero De Proyectos De Desarrollo Fonade--

✓
Topic · hard data
Validez De Conciliación Extrajudicial Suscrita Entre Una Entidad Pública De Carácter Financiero Y Un Particular, Relacionada Con El Giro Ordinario De Los Negocios De La Entidad.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicción Ordinaria Y Contencioso Administrativa
  • Validez de conciliaciones extrajudiciales no están sujetas a su control judicial
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 11 Civil del Circuito de Medellín y el Juzgado 31 Administrativo Oral del Circuito Judicial de la misma ciudad.

La controversia se presentó respecto a una conciliación prejudicial, presentada frente a la Procuraduría General de la Nación, entre un contratista y el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo, hoy ENTerritorio.

Con el fin de que se pudiera resolver una controversia sobre las obligaciones de un contrato entre las partes.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que, La validez de las conciliaciones extrajudiciales suscritas entre una entidad pública de carácter financiero y un particular, relacionadas con el giro ordinario de los negocios de la entidad, no está sujeta a control judicial, ni por parte de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo en virtud de la cláusula de exclusión de competencia del artículo 105.1 del CPACA; así como tampoco por la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad Civil, conforme con lo previsto en la Ley 640 de 2001 y el artículo 15 del CGP.

Con base en lo anterior, la Corte remitió el expediente al 3 Procuraduría 222 Judicial II para asuntos administrativos, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 31 Administrativo Oral del Circuito Judicial de Medellín y el Juzgado 11 Civil del Circuito de la misma ciudad y DECLARAR que carece de competencia, tanto la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo como la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad Civil, para conocer del asunto, conforme con la parte considerativa de esta providencia.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-553 Procuraduría 222 Judicial II para asuntos administrativos, para lo de su competencia y a fin de que comunique la presente decisión a los interesados.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.